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Competición desestima la denuncia de Osasuna al Nàstic

Foto Vía: Nàstic de Tarragona

El Comité de competición ha desestimado la denuncia del CA Osasauna al Nàstic de Tarragona por incomparecencia.  Ahora el club rojillo puede interponer un recurso ante el Comité de Apelación en el plazo máximo de diez días hábiles. Asimismo, ha impuesto una multa de 602 euros al club catalán.

Lo hecho sucedieron el día 1 de diciembre cuando el Sadar tenía que ser el escenario del partido que enfrentaba a C. A. Osasuna y Club Gimnàstic, pero una intensa nevada obligó a retrasar el partido nada menos que 45 minutos hasta la decisión final de suspender el partido.

Los rojillos manifestaron su intención de jugar, todo lo contrario que los catalanes por lo que los navarros presentaron una denuncia al considerar incomparecencia esa negativa. El Comité apunta que no se produjo la incomparecencia de ninguno de los dos equipos el 1 de diciembre: «El artículo 215 del Reglamento General de la RFEF establece una serie de reglas o requisitos que ambos clubes cumplieron. Y es que, tratándose de una competición profesional, tanto el club Atlético Osasuna como el club Gimnastic de Tarragona, SAD se presentaron en el terreno de juego con, al menos, una hora y media de antelación a la hora señalada para el comienzo del partido».

Por el contrario, sí reconoce que el Nàstic incumplió el artículo 126 del Código Disciplinario de la RFEF, «al deducirse de las alegaciones y documentación obrante en las actuaciones no haber “procurado” permanecer en la citada localidad, como le exhortaba la meritada Disposición Decimoséptima de la Circular nº 5 de la RFEF».

Sin embargo, cree que este incumplimiento no se puede equiparar a una incomparecencia «por varias razones». La principal es que al no haber un señalamiento para la celebración del mismo no puede haber tal incomparecencia.

El club rojillo ha manifestado su intención de recurrir en los próximos días esta decisión al Comité de apelación.

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