Estado de alarma: ¿qué puede pasar con la competición futbolística femenina?

Fútbol, estado de alarma... y otros intereses

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Señales de alarma

España ha declarado el estado de alarma en todo su territorio. Ya antes, teniendo en cuenta la alarma ante el contagio del virus, muchas de las actividades que congregan gran cantidad de individuos, se habían suspendido. Y la RFEF, y con ella sus federaciones territoriales, suspendieron las competiciones. Temporalmente. Parecía ser. Pero la alarma interna en el deporte, y externa en la sociedad, no disminuye.

Y, llegado el momento, el Estado, a través del Gobierno, intervino. Y su decisión ha sido decretar al Estado de Alarma. Con esto, se suspenden todos aquellos servicios que no sean de primera necesidad y se prohíben desplazamientos no autorizados, entre otras restricciones. Esta situación de alarma declarada por el Gobierno debería alargarse 15 días, pero podría tener que prorrogarse.

¿Qué podría pasar en el ámbito futbolístico si esta situación se prolongara? ¿Qué pasaría con las competiciones? Pues bien, tal situación no se había producido. Nunca. Aun así, tanto el Consejo Superior del Deporte (dependiente del Gobierno), como la RFEF como LaLiga han metido baza. De hecho, esta situación de alarma no ha conseguido hacer que los dos actores más implicados en el fútbol español acerquen sus posturas. Ambas mantienen posturas opuestas sobre la oportunidad de reanudar las competiciones y de los calendarios que quedarían en caso de retomarse.

El fútbol en el estado de alarma

Y, a pesar de existir algunas normas que contemplan qué hacer en situaciones extremas que no permitan terminar las competiciones, nunca se han aplicado. Merece la pena repasar esos supuestos, sus consecuencias y los distintos escenarios en los que podría encontrarse el fútbol español. En las próximas líneas se abordarán las normas y los escenarios a los que nos llevaría cada una de las posibles decisiones que podrían tomar las distintas partes implicadas.

  • El Reglamento de la RFEF regula, en su Libro III, las competiciones y su desarrollo. Específicamente, los arts. 187 a 189 regulan la duración de la temporada y su alteración y el calendario de las competiciones.
  • El art. 188 del Reglamento regula el comportamiento previsto ante alteraciones de las competiciones por causa de fuerza mayor: “Artículo 188. Alteración de las competiciones y de los periodos de inscripción. En caso de fuerza mayor o circunstancias excepcionales, la RFEF podrá suspender total o parcialmente las competiciones, así como prorrogar o reducir los períodos de inscripciones, en coordinación, en su caso, con la Liga Nacional de Fútbol Profesional, cuando así resulte legalmente oportuno”.
  • El art. 191 regula la categoría de los equipos, así como ascensos y descensos.
  • Desde el art. 199 y hasta el art. 202, se regula la disputa de la competición y la determinación de la clasificación final: no se abunda en el contenido del art. 188.
  • Y, también los arts. 239 a 241 indican las potestades que tiene la RFEF para suspender o aplazar los partidos. En el art. 240 se menciona que las causas de fuerza mayor facultan al ente federativo para suspender y aplazar partidos, pero no contempla suspensiones a largo plazo.

Competencias: fútbol femenino en las situaciones excepcionales

Si estuviéramos ante una competición en la que LaLiga tuviera competencias, también sería obligatorio tener en cuenta su Reglamento en lo referente a clasificación, ascensos y descensos y competición. Pero no será necesario, porque el fútbol femenino, actualmente, no se encuentra bajo el paraguas de LaLiga.

Como se puede apreciar, existe regulación que indica que la Federación puede suspender y aplazar partidos, así como la competición. Y, también, que, preferiblemente, esta deba reanudarse aunque implique modificación de los calendarios de las competiciones. Todo esto es aplicable al fútbol masculino y femenino. La incertidumbre, pues, no desaparece. La previsión es claramente insuficiente, y dependerá de las decisiones que se tomen desde el ente federativo. El estado de alarma, necesario, nos ha traído una situación prevista insuficientemente en los reglamentos.

De no poderse reanudar la competición, ¿qué pasaría? ¿Se anularía? ¿Se elegirían campeones, descensos y ascensos y representantes europeos desde la Federación? ¿Cómo se llevaría a cabo esta elección? Lo cierto es que hay varios escenarios posibles:

  1. Que se anulen las competiciones y no se proclamen campeones ni descensos
  2. Que se anulen las competiciones y se proclamen, por parte de la Federación, campeones y descensos y ascensos
  3. Que se suspendan y se reanuden hasta su fin, terminando las competiciones antes del 30 de junio. Haría falta hacer un sprint final para terminar las competiciones a tiempo, atendiendo a las competiciones nacionales y a las internacionales de clubes.
  4. Que se suspendan y reanuden pero no se puedan finalizar antes del 30 de junio y haga falta acomodar los calendarios y los plazos de fichajes, renovaciones, descansos y competiciones internacionales de selecciones.

¿El futuro del fútbol pasa por terminar las competiciones?

Sea como fuere, la normativa ampara estas decisiones, y nada indica, a día de hoy, cual pudiera ser el desenlace. En cualquier caso es menester mencionar que de reanudarse las competiciones, tras superar el estado de alarma, podríamos encontrarnos en una situación en la que se ponga en riesgo la salud de las deportistas. No sólo por el ingente número de partidos de alta exigencia en poco tiempo. También por las temperaturas, también por los desplazamientos, también por la falta de entrenamiento y la desadaptación física, y, también por la falta de previsión.

 

Por Helena García (@hgamo18)

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